El estado colombiano ha venido entendiendo la necesidad de adecuarse a los desafíos que las nuevas tecnologías imponen en la rutina diaria de cada ciudadano, razón por la cual las políticas públicas deben estar acorde a esas necesidades identificadas que permitan llevar a cabo los fines del Estado.
Para el año 2022, el Ministerio del Trabajo expidió la Resolución 3050 de 2022, con el cual se adopta el manual de procedimientos del programa de rehabilitación integral para la reincorporación laboral y ocupacional dentro del Sistema General de Riesgos laborales.
Dicho manual tiene como objeto poder establecer las acciones que todos los personajes involucrados dentro del sistema general de riesgos profesionales en que haya involucrado accidentes o enfermedad laboral que impida desarrollar sus funciones ocupacionales.
Es por ello por lo que se adoptan las distintas modalidades de trabajo que permitan ejecutar las actividades laborales, tales como el trabajo a distancia, virtual, teletrabajo, trabajo en casa o trabajo remoto. Del mismo modo, según el artículo 4 literal f de dicha resolución, se afirma que es obligación de las administradoras de riesgos laborales, “Promover el uso de las tecnologías de la comunicación, inteligencia artificial y realidad virtual estarán sujetas a los lineamientos técnicos y de ética que expidan las autoridades competentes en el marco de la legislación vigente”.
El problema con lo anterior es que no hay un marco normativo actualmente coherente o suficiente que permita sujetar dichas tecnologías que vale decir son inciertas y cambiantes, lo que suma un nivel de complejidad mayor, no obstante, es preciso mencionar que el hecho de que se promuevan este tipo de tecnologías en favor de la inclusión laboral de quienes hayan tenido situaciones atípicas que dificultan su ocupación profesional.
De igual manera, se felicita el hecho que realicen acciones formativas respecto de nuevas tecnologías como la inteligencia artificial, la telemedicina y la realidad virtual, llevando a cabo procesos de capacitación, asesorías y entrenamientos, tal y como se menciona en el literal n del artículo 4 de la ya mencionada Resolución del Ministerio del Trabajo.
CONCLUSIONES
Cabe resaltar la disposición estatal frente al surgiendo y fortalecimiento de tecnologías emergentes como la inteligencia artificial, a fin de ser utilizadas con el propósito de beneficiar a la población cuyo caso particular que ha sufrido de accidentes o enfermedades de origen laboral, situación que no solo afecta al empleado sino a todos los participantes dentro del eslabón que erige el Sistema General de Riesgos Profesionales promoviendo la inclusión y el desarrollo de políticas públicas que alientan la democratización tecnológica mediante procesos formativos.

