No podemos ignorar que la tecnología está cambiando la manera en que vemos el mundo, es por ello que tecnologías como la inteligencia artificial, el Blockchain, la BigData, los NFT, entre otros, no solo representan avances en innovación y ecosistemas más democráticos, sino que también representan desafíos éticos y legales especialmente esto último en materia de propiedad intelectual.
Un ejemplo claro de este fenómeno se puede observar respecto al uso de la inteligencia artificial generativa, ¿Se podría registrar como propia una obra generada mediante inteligencia artificial y exigir indemnizaciones y protección legal? Para este efecto, la oficia de Derechos de autor de Estados Unidos hay algo muy claro.
Según la directora de la oficina de derechos de autor de EEUU, Shira Perlmutter, el arte digital, libros, poemas, todo aquello que fuere generado mediante herramientas de inteligencia artificial sin la intervención humana como autor, no será registrado en la oficina así provenga de herramientas como ChatGPT, ChatGPT-4, Dall-E, Midjourney, Stable Diffusion dado que no fueron creados por humanos, sino a partir de prompt o comandos de texto.
¿De qué manera esto impacta en el futuro de la generación de contenido mediante inteligencia artificial? Si deseas saber más, ingresa a al sitio oficial de la Oficina Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
Propiedad intelectual e Inteligencia artificial
Son muchas las herramientas que se conocen van surgiendo que utilizan mecanismos de inteligencia artificial para realizar distintas acciones, desde crear videos, textos, imágenes, audios, hasta la adopción de API que permiten la integración con otras aplicaciones, así como el acceso a herramientas de código abierto, han hecho que la inteligencia artificial esté en un elevado crecimiento.
Es por esto que gigantes de la tecnología como Google o Microsoft han implementado las bondades de la inteligencia artificial al catálogo de sus servicios con el propósito de no estar al margen de las circunstancias y generar de manera escalada mayor contenido y flujos de trabajo constantes que les ayude a optimizar no solo tiempo sino dinero.
No es casualidad entonces que personas a través de las redes sociales estén enfrascadas en presentar herramientas de inteligencia artificial que ayudan a las personas a crear contenido con mucha más facilidad que antes, lo que a la postre, resultará en un boom de creadores de contenido que ayudados por la inteligencia artificial, generarán un mayor número de piezas gráficas para llegar a sus públicos objetivos pudiéndose generar conscientemente o no conflictos en materia de propiedad intelectual, pues si solo se genera a partir de impartir un texto, el contenido generado con base en lo mencionado anteriormente no estaría protegido ante el uso que otros usuarios de internet pudieran hacer del mismo sin solicitar autorización de quien dio el comando, no obstante esto es solo el principio, ya que pareciera que muy poco se piensa en ello.

Caso Hermès
En el 2021 se conoció el caso de la famosa marca de lujo francesa Hermès, quien presentó una demanda contra el creador de un NFT, quien utilizó la imagen de uno de sus bolsos Birkins sin autorización de sus titulares. Dicho NFT se vendió por $30.000 dólares en la plataforma de transacciones de NFT llamada Open Sea.
La marca de lujo solicitó se protegieran sus derechos de propiedad intelectual, ya que se hizo uso de la imagen de uno de sus productos por parte de un tercero no autorizado, no obstante, el creador del NFT Metabirkins llamado “Rothschild” afirmó que no hay cabida para la demanda dado que dicha imagen aludida es una obra de arte y, por lo tanto, la misma está protegida por la primera enmienda de los Estados Unidos (Significa que se protegen las expresiones artísticas o la libertad de expresión artística.), los demandantes, afirman que dicho creador, realmente está comercializando sus creaciones a partir de la utilización no autorizada de su bolso Birkins y no es una mera expresión artística como lo ha hecho creer el demandado, lo que ha generado confusión al consumidor.
Finalmente, en febrero de 2023, un juez del Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, emitió un veredicto dando como culpable de tres cargos al creador del NFT Metabirkins:
- Infracción marcaria
- Vulgarización de la marca
- Ciberocupación.

Cabe mencionar que el artista presentó recurso de apelación, el cual hasta el momento se desconoce si ya fue resuelto
Conclusiones
Este caso ha tomado cierta relevancia dado el uso de las nuevas tecnologías frente a derechos tradicionales protegidos mediante normas jurídicas preestablecidas, para algunos expertos se requiere una actualización del cuerpo normativo a fin de estar a la par de los cambios sociales en el mundo en mayor medida producto de la web 3.0, sin embargo, para otros, la legislación actual es suficiente para proteger derechos de autor indistintamente si el entorno es físico o virtual.
Por ello es importante tener acceso a la información contenida en el Smart Contract a fin de establecer los límites establecidos y determinar la naturaleza con la cual los NFT fueron creados y si efectivamente solo fue un “Justo Uso” referido a la expresión artística o como se alega fue una apropiación no autorizada de una imagen con fines comerciales haciendo uso de herramientas tecnológicas para beneficio propio afectando la protección marcaria de los titulares.
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