¿Contrato realidad y contrato laboral?

Aristóteles decía que los seres humanos somos seres sociales por naturaleza

Qué es un contrato

Cuando hablamos de contratos, hablamos de pactos, convenios o acuerdos entre dos o más personas. Desde el punto de vista legal, las personas pueden ser naturales o jurídicas. Naturales cuando hablamos del género humano, es decir, UD o yo. Pero cuando hablamos de personas jurídicas, se refieren a empresas o entidades, por ejemplo, un país es una persona jurídica, que a pesar de no tener un cuerpo físico, tiene derechos y obligaciones.

Ahora bien, hablar de un contrato laboral requiere que tengamos claro que es un contrato para poder saber si efectivamente se cumplen o no las condiciones que la Ley exige.

Los seres humanos somos seres sociales por naturaleza

Aristóteles

Este concepto de contrato no es nuevo, hace milenios las personas intercambiaban los productos que les sobraba con otras personas para obtener lo que necesitaban. Esta práctica fue desarrollándose y con el paso de los años fue generando lo que conocemos como el comercio local, nacional e internacional.

jurisdiction, lady justice, justice-677940.jpg

Para el Código Civil colombiano, un contrato se forma entre dos o más personas y se originan gracias a la libertad que tenemos los seres humanos para tomar decisiones, es decir, como tenemos la voluntad para aceptar o no un contrato, se convierte este en el elemento más importante.

No obstante, es muy importante afirmar que si una de las partes incumple con el contrato debe enfrentar las consecuencias jurídicas que amerite.

Contratos laborales como derecho constitucional

El artículo 53 de la Constitución colombiana establece que deben cumplirse ciertos principios en favor de los trabajadores, como por ejemplo

Sumado a lo anterior, la protección a las madres en estado de embarazo, y protección en favor de los menores de edad es una garantía que los empleadores deben garantizar para sus empleados.

Primacía de la realidad

Así mismo, cuando hablamos de primacía de la realidad nos referimos a que las formas no le dan el valor a un contrato, sino lo que en realidad dice el contrato, por ejemplo, una persona es contratada mediante un contrato de prestación de servicios.

Encima, este tipo de contrato tiene unas condiciones que lo hacen único y particular, como por ejemplo que no se habla de relación jefe-empleado, sino entre contratante y contratista, y este, el contratista el que define la manera, el tiempo y el lugar en el cual desempeñará la labor por la cual lo contrataron.

Sin embargo, muchas empresas contratan por prestación de servicios, pero realmente sus empleados deben cumplir horarios, reciben órdenes y desempeñan actividades laborales. A simple vista no hay mucho problema, pero sí que lo hay.

Por otro lado, el problema es que al ser contratado mediante un contrato de prestación de servicios, no tengo derecho a vacaciones, ni a afiliación a la seguridad social, ya que todo ello, debe ir por mi cuenta, generando un ahorro importante para el empleador, caso contrario si fuere contratado con un contrato laboral, por el hecho de que el empleador es quien debe pagar todo lo anterior.

Así pues, es importante cuando nos encontramos ante un contrato laboral, aunque en nombre no lo sea.

Elementos para saber que hay un contrato laboral

Entonces, Un contrato laboral, como su nombre lo indica, tiene como relación a un trabajador y a quien lo contrató, por ende deben existir ciertos elementos que deben cumplirse para poder identificar que efectivamente estamos en presencia de un contrato laboral y de ser el caso poder demandar ante las autoridades laborales por los perjuicios e indemnizaciones a que haya lugar.

Los elementos de un contrato laboral son:

Prestación personal del servicio

Por eso, Nos referimos a las actividades que desempeñamos en favor de una empresa o contratista. El artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajador afirma que es toda actividad realizada por el mismo trabajador contratado, ya que este no puede ser delegado para que lo haga otra persona

Subordinación continuada

Es talvez el elemento más importante y el que finalmente define si un contrato es o no laboral. Hablar de continua subordinación es referirnos al recibir órdenes de manera continua y permanente por parte de quien nos contrató, y esto es importante porque si yo actúo bajo un contrato de prestación de servicios, entonces, realmente las únicas órdenes que debo recibir son en cuanto a como quiere el cliente que se haga su trabajo, pero no puede disponer del tiempo, el espacio y la disponibilidad del contratista

Remuneración económica

Esto es, cuando recibimos el pago por nuestros servicios. Significa entonces que es cuando una persona cada mes o cada quince días recibe un valor económico por la labor realizada, siendo este otro elemento importante a la hora de evaluar si estamos frente a un caso de contrato laboral, pese a que firmamos uno con un nombre distinto

Diferencias entre contrato laboral y contrato por prestación de servicios

Contrato Por Prestación de Servicios
Contrato Laboral
Se rige por el código civilSe rige por el Código Sustantivo del Trabajo
Es un contrato atípico, es decir, no hay una norma que lo mencione exactamenteTiene reglas claras, y es mencionado en las normas laborales
Tiene como ventaja que da mayor libertad a los contratantesNo hay flexibilidad para negociar, es o lo tomas o lo dejas
Si bien hay subordinación, esta es solo mientras ejecuta la labor
para que se haga como lo quiere el cliente
Acá el empleado está obligado por la Ley a obedecer las órdenes de su jefe
Fuente: Propia

¿Qué puedo hacer si estoy siendo afectado?

En consecuencia, miles de personas son conscientes de la situación laboral que afrontan al estar contratadas mediante un tipo de contrato y estar finalmente haciendo uno laboral, sin embargo, no hacen nada por miedo a perder su empleo y el medio de subsistencia de ellos y sus familias.

En cambio, también es cierto que hay situaciones que requieren que actúe la justicia debido al nivel elevado de vulneración a los derechos de los trabajadores y es allí donde la justicia laboral se hace útil y necesaria para buscar el equilibrio entre el daño recibido y la indemnización a que debe llegarse.

De cualquier forma, antes de continuar con lo que se debe hacer, es importante mencionar que las pruebas y toda la evidencia recae sobre quien va a demandar, es decir, sobre el empleado y es quien debe demostrar muy fielmente todos los elementos para convencer al juez laboral de que en su caso particular hubo un contrato laboral, aunque lo que firmó decía otra cosa y por ello es necesario el acompañamiento de un abogado.

Asimismo, también sucede que en el caso de las economías colaborativas o los nuevos tipos de negocios de naturaleza Startup, muchos de sus Co-founder por desconocimiento o mala asesoría recaigan en malas prácticas que finalmente llevan a la desaparición de su emprendimiento por los problemas legales que tuvieron. Por ejemplo, hay una estadística que dice que 9 de cada 10 Startups no llega a los tres años de vida

Mecanismos legales

Ahora bien, si la situación es insoportable y decidiste demandar a tu empresa argumentando que se cumple todo para que sea un contrato laboral, te invitamos a leer sobre como interponer una tutela en Colombia, ya que la acción de Tutela es uno de los mecanismos más utilizados, pero muchas veces no se obtienen los resultados esperados debido al mal uso que se da a la misma.

En cualquier caso, el mecanismo que por Ley está establecido es el de la demanda laboral, la cual es presentar una demanda donde se demuestren todas y cada una de las pruebas con las cuales buscamos convencer al juez(a) para que reconozca que hubo un contrato laboral y de esa manera poder exigir el pago de una indemnización por los dineros dejados de percibir durante el tiempo que estuvo la relación laboral.

Conclusiones

© 2025 Creado por Dany Aristizabal. Todos los Derechos Reservados.